Fueron parte de uno de los robos más escandalosos de la historia de Salta, pero no irán presos

DNI Salta.- Benévola condena para dos empresarios vinculados a la sustracción de caños del gasoducto NEA, por lo que ya fuera condenado el exintendente de Aguaray Jorge Enrique Prado.

El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta, integrado por Gabriela Catalano, María Alejandra Cataldi y Marta Liliana Snopek, condenó al empresario Andrés Ayala, gerente de la firma Perteser SRL, a dos años y seis meses de prisión condicional por el delito de robo en despoblado y en banda.

También fue condenado Matías Rossi, titular de la empresa Comarfil SA, aunque en su caso la pena es de un año de prisión condicional, por «encubrimiento de un bien de procedencia ilícita, agravado por el ánimo de lucro».

Las penas, impuestas respondieron al pedido del fiscal general federal Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual, quienes intervinieron en la investigación y litigación de este caso. Inicialmente el TOF 2 había absuelto a ambos empresarios, pero Casación revocó esa decisión y ordenó que se les impusiera una pena. 

La condena al exintendente

En diciembre de 2021 este miusmo tribunal, integrado en ese entonces con Catalano y los jueces Abel Fleming y Domingo Batule, condenó al ex intendente de la localidad de Aguaray, Jorge Enrique Prado, a seis años y seis meses de prisión como autor de «robo agravado, cometido en despoblado y en banda», de 228 caños pertenecientes a la red del Gasoducto del NEA.

Por el mismo delito, también fueron condenados los empresarios Diego Alos, de OSYP SA, y Adrián Vera, titular de una firma que llevaba su mismo nombre. El primero recibió una pena de seis años y el segundo, de tres años y ocho meses de prisión.

El hecho

Esta causa se inició en los primeros meses de 2020, la investigación del robo de caños de gran porte que eran propiedad del Estado nacional estuvo a cargo de una comisión especial dirigida por Villalba, e integrada también por las fiscalías de Orán y Tartagal. 

A solo días de su asunción en la intendencia, el 10 de diciembre de 2019, Prado emitió la resolución N° 1215. Para la fiscalía, y según el fallo de la Justicia Federal, a través de este resolución le dio cobertura legal a la extracción de los caños del gasoducto que pasaba por el municipio. En la resolución se justifica la extracción de los caños en una presunta contaminación ambiental, lo que para la acusación fue «solo una excusa para darle cobertura legal al robo».

La descripción de los saqueos

En el juicio oral la fiscalía describió dos momentos del robo. Entre diciembre de 2019 y febrero de 2020, se intentó desguazar una planta petrolera instalada en la finca de Ñacatimbay, en la localidad de Aguaray. Sin embargo, la maniobra se frustró por la resistencia que opuso el administrador de esa propiedad.

La fiscalía sostuvo que ante esto, Alos y Prado buscaron los caños en el paraje El Tonono, en el municipio de Tartagal, y que cambiaron la resolución municipal para justificar la extracción y traslado de esos caños. De esta manera se apoderaron de 67 caños. El 7 de febrero de 2020, se secuestró un camión con caños robados del gasoducto que iban al predio que Rossi tiene en la localidad de Quilmes, en Buenos Aires.

El segundo momento descripto por la fiscalía sucedió cuando Prado y Alos fueron a buscar caños en el paraje El Desemboque, a 140 kilómetros de la localidad de General Mosconi. De ese lugar, donde los caños estaban aún sin enterrar, Prado, Alos, Vera y Ayala, «sustrajeron 161 caños, que luego fueron reducidos presumiblemente en Mendoza y Bolivia».