La Justicia reconoció un despido comunicado por WhatsApp como válido en Corrientes

DNI SAlta.- Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° II de Corrientes estableció que la fecha de finalización de una relación laboral fue el día en que el empleado recibió un mensaje de WhatsApp de su empleador informándole que prescindía de sus servicios.

La resolución se dio en el marco de la causa “Olivera Mansilla Santiago Eliel c/ Cabral Guillermo Hernán y otro”, donde el tribunal validó la plataforma de mensajería como un medio de notificación de despido, al comprobar su autenticidad mediante una pericia informática.

El mensaje, enviado el 25 de agosto de 2022, decía:

“Hola Santos, soy Cristian de Raíz. Estoy al tanto de tu desempeño, lamentablemente no estamos cómodos trabajando así. Vamos a prescindir de tu servicio.”

El juez consideró que el vínculo laboral —no registrado formalmente— se extinguió con la recepción del mensaje, y no en una fecha posterior cuando el empleado envió telegramas formales.

No obstante, el tribunal entendió que se trató de un despido sin justa causa, ya que los motivos expresados fueron “genéricos e imprecisos”, impidiendo al trabajador ejercer su derecho a defensa.

En consecuencia, el empleador fue condenado a pagar las indemnizaciones correspondientes por despido injustificado, marcando un precedente sobre el uso de WhatsApp como medio válido de comunicación laboral.