DNI Salta.- La víctima, que había cerrado su negocio para dedicarse a la religión, fue obligada a prostituirse por más de tres años.
El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, integrado por Gabriela Catalano, Domingo Batule (presidente) y Alejandra Cataldi dispuso una reparación integral de 12.357.632 pesos en beneficio de una mujer que fue víctima del delito de trata de personas con fines de explotación sexual por el cual fueron condenados los líderes de un templo Umbanda que adobara a San La Muerte.
La resolución fue dictada el 1° de noviembre pasado en el marco de una audiencia en la que se debatió la validez de la medida, tal como lo dispuso la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal -integrada por Daniel Antonio Petrone, Diego G. Barroetaveña y Carlos A. Mahiques- al revocar el rechazo del reclamo reparatorio del tribunal de juicio en una sentencia dictada el 19 de abril pasado.

En aquella oportunidad, el TOF N°2 de Salta impuso penas de 9 y 8 años de prisión a Jorge Soria Villalba y María Arroyo por del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada por intimidación, por la vulnerabilidad de las víctimas, por su consumación y por ser los imputados ministros de un culto religioso, en concurso real con lesiones leves perpetradas a dos víctimas.
Además, ordenó el embargo del inmueble donde funcionaba el culto y rechazó el reclamo de reparación instado en el debate por el titular de la Defensoría Pública de Víctimas, Nicolás Escandar, cuyo planteo fue acompañado por el fiscal general Eduardo Villalba, dado que fue formalizado como lo establece la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.

Sin embargo, el tribunal oral entendió entonces que la petición reparatoria era extemporánea. Esta postura motivó el recurso de casación respecto de la situación de una de las víctimas, dado que la otra dejó expresa su voluntad de no avanzar sobre una petición similar.
Al expedirse el 13 de septiembre pasado, la Sala I de la Cámara Federal de Casación confirmó la condena de los dos líderes del culto Umbanda. En cuanto al reclamo de la reparación, resolvió la cuestión a partir de la solución propuesta por el fiscal general de esa instancia, Javier De Luca, quien postuló que fuera tratada y resuelta por el tribunal de juicio por vía “incidental”.

En efecto, en el juicio de determinación de penas el defensor de víctimas había detallado los datos y montos resarcitorios en cada una de las categorías.
“Compartimos la solución propuesta por el acusador público, y consideramos que –conforme lo postulado- corresponde entonces hacer lugar parcialmente a la impugnación deducida por el Defensor Público de Víctimas de Salta en representación de la víctima, ordenando que el tribunal de origen forme el correspondiente incidente en cuyo marco –y en resguardo del debido contradictorio-, las partes aleguen y prueben acerca del monto de reparación que corresponde fijar a su favor por los perjuicios sufridos como producto del delito”, concluyeron los jueces de la Cámara Federal de Casación.
Fuente: fiscales.gob.ar









